Curiosidades de las herencias en España: Si alguna vez has sentido curiosidad por conocer qué pasa con todas esas herencias sin herederos, ahora mismo vas a conocer la respuesta…
El Código Civil deja bien claro que cuando no hay testamento se establece una línea de sucesión que comienza por los hijos y descendientes de estos.
Si no hay descendientes, los siguientes en la línea de sucesión son los padres y ascendientes.
A falta de los anteriores, el siguiente en la línea de sucesión es el cónyuge. Sí, si no hay testamento y el matrimonio no está en gananciales, el cónyuge heredará después de los los hijos y de los padres.
Como último beneficiario, y a falta de herederos y testamento que determine el reparto de la herencia, se encuentra el Estado. Pero éste no se queda con todo el dinero, ya que se repartirá de la siguiente manera:
1️⃣/3️⃣ El Estado recibe un tercio y su destino es la Caja de Amortización de la Deuda Pública, a no ser que el Consejo de Ministros decida un fin diferente.
1️⃣/3️⃣ Otro tercio va a parar a instituciones municipales del domicilio del difunto, de carácter público o privado.
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1️⃣/3️⃣ El último tercio se destina a organismos de la provincia del fallecido donde haya pertenecido por su profesión.
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